El uso de drones en España ha experimentado un crecimiento significativo, tanto en aplicaciones recreativas como profesionales. Para garantizar una operación segura y legal, es esencial conocer y cumplir con la normativa vigente. A continuación, se presenta una guía detallada sobre las leyes y regulaciones que rigen el uso de drones en España en 2025.
Marco Legal Principal
- Real Decreto 517/2024: Establece el régimen jurídico para la utilización civil de sistemas de aeronaves no tripuladas (UAS), incorporando y adaptando las normativas europeas al contexto español. (BOE)
- Reglamentos Europeos: El Reglamento Delegado (UE) 2019/945 y el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947 de la Comisión Europea establecen las normas comunes para la operación de drones en la Unión Europea. (BOE)
Registro Obligatorio
- Operadores: Toda persona física o jurídica que opere drones debe registrarse en la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA).
- Drones: Los drones con cámara o que pesen más de 250 gramos deben estar registrados y llevar visible el número de operador.
Requisitos para Pilotos
- Edad Mínima: 16 años para operar drones en la categoría abierta.
- Formación:
- Categoría Abierta (A1/A3): Requiere superar un examen en línea proporcionado por AESA.
- Categoría Abierta (A2): Además del examen en línea, se requiere formación adicional y una declaración de autoformación práctica.
Clasificación de Drones (Etiquetas de Clase)
Desde el 1 de enero de 2024, los drones comercializados en la UE deben contar con una etiqueta de clase (C0 a C4), que determina las condiciones de operación:
- C0: Menos de 250 g, puede volar sobre personas no involucradas.
- C1: Menos de 900 g, puede volar cerca de personas.
- C2: Hasta 4 kg, requiere mantener una distancia de seguridad de 30 m (5 m en modo de baja velocidad).
- C3 y C4: Hasta 25 kg, deben operar lejos de personas y áreas residenciales.
Categorías de Operación
La normativa europea divide las operaciones de drones en tres categorías:
- Categoría Abierta: Para operaciones de bajo riesgo, subdividida en:
- A1: Vuelos sobre personas no involucradas (drones C0 y C1).
- A2: Vuelos cerca de personas (drones C2).
- A3: Vuelos lejos de personas y áreas residenciales (drones C2, C3 y C4)
- Categoría Específica: Para operaciones de riesgo medio, requiere una evaluación de riesgos y, en algunos casos, una autorización de AESA.
- Categoría Certificada: Para operaciones de alto riesgo, similar a la aviación tripulada, requiere certificación del dron, del operador y del piloto.
Zonas de Vuelo y Restricciones
- Altura Máxima: 120 metros sobre el nivel del suelo.
- Proximidad a Aeropuertos: Prohibido volar a menos de 8 km de cualquier aeropuerto o aeródromo sin autorización.
- Zonas Prohibidas: Está prohibido volar en áreas restringidas, como instalaciones militares, centrales nucleares y parques nacionales.
- Herramientas de Consulta: Se recomienda utilizar aplicaciones como ENAIRE Drones para verificar las zonas de vuelo permitidas.
Seguridad y Privacidad
- Seguro de Responsabilidad Civil: Obligatorio para todos los drones, independientemente de su peso o uso.
- Protección de Datos: Al operar drones con cámaras, se deben respetar las leyes de protección de datos y privacidad, evitando grabar a personas sin su consentimiento.
Sanciones por Incumplimiento
El incumplimiento de la normativa puede conllevar sanciones económicas significativas:
- Multas de hasta 225.000 euros por operar drones sin autorización, sin registro o en zonas prohibidas.
Recursos y Formación
- Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA): Ofrece información detallada, formación y exámenes para operadores de drones.
- Aplicaciones de Apoyo: Herramientas como ENAIRE Drones ayudan a planificar vuelos seguros y legales.
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